jueves, 1 de agosto de 2019

Alquilo oficina en Miraflores

Oficina de 160m2 en segundo piso, Miraflores cerca al Parque Kennedy, a media cuadra de Larco, con kitchenett 2 baños, patio, 4 ambientes. Precio US$1350.00 Condiciones 2 de garantía y uno de adelanto Visitas al 948846185



Oficina en San Borja, Av. Angamos, segundo piso

Oficina de 90m2 o local a puerta cerrada, ingreso independiente al edificio por Malachowsky 191, vista a la avenida, 2 puertas de ingreso, 2 baños un ambiente amplio, otro privado y dos ambientes más pequeños, cocina. Los ambientes están divididos por tabiques. Estacionamiento amplio y gratuito frente al edificio. No paga mantenimiento, sólo su consumo de agua, luz y arbitrios. Precio US$1,000.00 Condiciones 2 de garantía y uno de adelanto. Visitas al 948846185









Venta Casa en Chorillos a un cuarto de cuadra de Av. Huaylas

Excelente casa para uso de vivienda o uso comercial. A pocos pasos de Av. Defensores del Morro, a dos cuadras de la Municipalidad.Zona super comercial. Muy buen mantenimiento, La casa es en esquina, no etá para derrumbar, se encuentra en buen estado. Se vende como casa no como terreno. La casa tiene dos pisos y 4 dormitorios, uno con baño incorporado.Tiene un local independiente en primer piso, que estuvo en uso hasta hace poco.  Dos cocheras. Permiso para restaurante.   Tiene departamento completo de 3 dormitorios, otro de un dormitorio  en tercer piso . Por estar en esquina permiten hasta 5 pisos. El área de terreno es 200m2 y el área construido es 550 m2. Precio US$450.000 Citas al 948846185


miércoles, 24 de abril de 2019

Sucesiòn Intestada

https://legis.pe/sucesion-intestada-como-tramitarla/

Mediante un didáctico vídeo, la Sunarp explica qué es una sucesión intestada y cómo tramitarla. Esta información es de gran relevancia si tomamos en cuenta el alto porcentaje de personas que no dejan testamento. Por ello se hace imperioso transitar por la sucesión intestada para identificar a los herederos legales y evitar conflictos familiares.


Imaginemos una situación penosa: un familiar nuestro ha fallecido, sin dejar testamento. ¿Ante esto situación, qué podemos hacer? ¿A qué autoridades podemos recurrir para ser declarados herederos de dichos bienes, y por tanto, ser los nuevos propietarios? El trámite es muy sencillo, tenemos que recurrir a la sucesión intestada.

¿Qué es la sucesión intestada?

Es un documento por el juez o por el notario en el que podemos ser declarados herederos cuando una persona fallece sin dejar testamento. Este trámite también ese conocido como declaratoria de herederos.

¿En qué otras situaciones podemos tramitar una sucesión intestada?

Cuando el testamento no contiene herederos, o cuando el testamento otorgado ha sido declarado nulo por el juez. Como ejemplo de esto último, tenemos aquella situaciones en las que se prueba que testador sufría de demencia senil o deterioro mental.
La sucesión intestada puede ser tramitada por todas las personas que consideren que tienen derecho a heredar. Esto es, por el cónyuge, por la conviviente, por los hijos, por los padres. La solicitud que se presente ante el notario o juez, debe contener a todos los posibles herederos.

Primer paso

El primer paso es acercarse al notario o juez llevando a todos los documentos exigidos por la ley. Lo importante de esta etapa es evaluar la relación entre la persona fallecida y los posibles herederos. Un dato muy importante es que, esta solicitud, debe ser presentada ante el notario o el juez del lugar del último domicilio del causante.

¿Cuáles son los documentos que debemos presentar ante el notario o el juez, para ser declarados herederos?

  • La solicitud de sucesión intestada, la que debe estar firmada por el heredero y autorizada por un abogado.
  • La partida de defunción.
  • La partida de matrimonio.
  • Las partidas de nacimiento.
  • El certificado negativo de sucesión intestada expedida por la Sunarp, con el cual acreditamos que no hay ninguna inscripción o trámite en curso sobre una sucesión.
  • El certificado negativo de testamento, igualmente expedida por la Sunarp, con el cual acreditamos que no hay ninguna inscripción o trámite en curso de un testamento.

Segundo paso

El segundo paso consiste en obtener y recibir el acta notarial o la sentencia judicial consentida, en virtud del cual, se nos declara herederos. Sin embargo, hay que dejar constancia, que antes de la decisión definitiva que tome el notario o el juez, estos últimos mandan a publicar el tramite de sucesión intestada en el diario oficial El Peruano y en otro de mayor circulación; con el propósito de que las personas que se también se consideren con derecho a heredar, soliciten que se les incluya como herederos.

Tercer paso

Como tercer paso, debemos inscribir la sucesión intestada en la Sunarp. Para ello, se deben presentar los siguientes documentos:
  • Formato de solicitud de inscripción.
  • Acta notarial o sentencia judicial consentida de sucesión intestada.
Presentados estos documentos, serán remitidos al registrador público, para su evaluación. Y de cumplirse con los requisitos legales correspondientes, se procederá a la inscripción.

Tomar en cuenta

La calificación de inscripción de una sucesión intestada en los Registros Públicos tiene un costo de 20.00 soles y se efectúa en un plazo de 48 horas. Ojo, los costos notariales son variables y dependen de cada notaría.

Certificado de paràmetros

http://www.mantyobras.com/blog/que-es-el-certificado-de-parametros-urbanisticos-y-edificatorios

¿Qué es el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios?

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ParametrosEs un documento oficial que informa sobre los parámetros de Diseño Urbano que regulan el proceso de construcción sobre un Predio urbano y sirve como Norma Técnica que brinda seguridad a los proyectistas para el Diseño de una edificación nueva o ampliación de una ya existente. Es requisito para obtener una licencia de construcción, de edificación o de habilitación urbana.
Lo emiten las municipalidades distritales y en el caso del Cercado de Lima, la Municipalidad Metropolitana de Lima.
En cristiano, nos dice que tipo de edificación podemos construir en el predio (un edificio, un conjunto habitacional, etc.), que usos puede tener la edificación (residencial, comercial o mixta), que altura máxima, cuantos estacionamientos mínimos debe poseer la obra, el retiro mínimo exigido, etc.
La ley N° 29090 o Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, en vigencia desde el 25/09/2007 y que puede ser consultada aquí, http://www.ampeperu.gob.pe/documentos/Normas%20de%20Interes%20Municipal/Ley%2029090%20Regularizacion%20de%20Habilitaciones%20Urbanas%20y%20Edificaciones.pdf, en su Artículo 14 numeral 2 lo define así:
El Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios es el documento emitido por las municipalidades distritales y provinciales o por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el ámbito del Cercado, de sus respectivas jurisdicciones, donde se especifican los parámetros de diseño que regulan el proceso de edificación sobre un predio urbano, y deberá contener los siguientes aspectos:
 a. Zonificación.
 b. Alineamiento de fachada.
 c. Usos de los suelos permisibles y compatibles.
 d. Coeficientes máximos y mínimos de edificación.
 e. Porcentaje mínimo de área libre.
 f. Altura máxima y mínima de edificación expresada en metros.
 g. Retiros.
 h. Área de lote normativo.
 i. Densidad neta expresada en habitantes por hectárea.
 j. Exigencias de estacionamientos para cada uno de los usos permitidos.
 k. Calificación de bien cultural inmueble, de ser el caso.
 l. Fecha de emisión.
El Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios deberá emitirse en un plazo máximo de cinco (5) días útiles y tendrá una vigencia de treinta y seis (36) meses.
Este Certificado de Parámetros tiene base legal además en la Ley 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades, 27/05/2003) Artículo 79 (Organización del espacio físico y uso del suelo) http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/27972.pdf y la Ley 29060 (Ley del Silencio Administrativo, 07/07/2007) en su 1ra. Disp.Com.y Final (Silencio administrativo negativo) http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/normasadua/gja-01/ctrlCambios/anexos/Ley29060.pdf. La Municipalidad Metropolitana de Lima ha emitido asimismo diferentes ordenanzas que regulan el uso del suelo en cada uno de los diversos distritos de la ciudad.
Su costo depende de cada municipio, por ejemplo, en la Municipalidad Metropolitana de Lima cuesta 1.209% de UIT o 45 soles, en la Municipalidad de San Isidro cuesta 1% de UIT o 37 soles y en la Municipalidad de Surco cuesta 35.50 soles.
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jueves, 28 de marzo de 2019

VENDO OFICINA MIRAFLORES VISTA A LA CALLE

Linda oficina en Miraflores, cèntrica, segundo piso. Vista a la calle. Edificio comercial otorgan licencia paratodo. Càmaras de seguridad en todos los pisos. Seguridad 24 horas. Cerca a bancos y todo tipo de negocios. En avenida.
Àrea 84m2. 

2 baños. 2 ascensores. amplia àrea comùn. Cochera en sòtano

Precio US$170,000.




miércoles, 20 de marzo de 2019

INDEPENDIZACIÓN Y REGLAMENTO INTERNO REQUISITOS

1 SOLICITUD DE INDEPENDIZACIÓN CON FIRMAS LEGALIZADAS de los propietarios inscritos en el Registro de propiedad Inmueble, indicando áreas, linderosd y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y de los bienes comunes regulados por el Reglamento Interno

2. PLANOS DE INDEPENDIZACIÓN  con firma legalizada del Ingeniero Civil o Arquitecto Colegiado, en el que se grafique las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes.

3. REGLAMENTO INTERNO  en documento privado con firmas legalizadas por Notario de los propietarios inscritos de acuerdo al Reglaento de Inscripciones de l Registro de Predios. Modelos de Reglamentos Internos Publicado en el diario oficial El Peruano el 08-10-00. Verificar que el Reglamento Interno tenga los requisitos señalados en el D.S. N° 0356-2006MTC. Cuando solo se va a solicitar la inscripción de la Independización y Reglamento Interno acompañar los certificados de numeración de las unidades a independizar, expedidos por la Municipalidad Distrital (con antecedente registral)

4. Formulario de Inscripción
5.COSTO: Pasar por preliquidación  en Registros Públicos
6. Pagar y dejar documentos en caja.
Plazo de calificación : 7 días hábiles.


Se puede reservar aires sin independización. se pueden independizar los aires estableciendo un porcentaje de participación en los bienes comunes siempre que cuente con área proyectada de acceso.
Debe estar inscrita la declaratoria de fábrica antes de inscribir el Reglamento Interno
Si los datos de el plano uy de la memoria descriptiva no son idénticos, prevalecen los del plano, se extiende el asiento de inscripción conforme al plano. Resolución 576-2015-SUNARP-TRL del 24-03-2015 y observancia obligatoria publicada en El Peruano el 24/01 /16 vigente el 25/01/2016

La información puede ser remitida en archivo word soporte digital (CD) o a través de la cuenta de correo institucional reglamentos internos.lima sunarp.gob.pe, a efectos de facilitar la digitación, de los asientos de inscripción de título, luego de una calificación positiva.
Base legal: Ley 27157 Reglamento D:S:035-2006-VIVIENDA, arts 63,83,85,86 del Reglamento del registro de predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP (publicado el 04/05/13).

lunes, 18 de marzo de 2019

VENDO OFICINA EN MIRAFLORES

Área110m2, 2 ingresos al edificio y 2 ingresos a la oficina, vista a la calle, tercer piso, 2 ascensores, LICENCIA para TODO, 2 cocheras techadas en sótano, recepción, hall de distribución amplio , oficina 1 con sala , oficina 2,oficina 3 dividida con lunas, y ambiente amplio para varias personas, en total 6 ambientes , bóveda, 2 baños, edificio comercial y muy bien ubicado, avenida de alto transito. en pleno centro de Miraflores Vigilancia 24 horas
PRECIO us$250,000




VENTA CASA

VENDO CASA EN ESQUINA EN LA AURORA, 300m2 , parámetros para 7 pisos. Precio por m2 US$2,800.00. Muy buena ubicación

Derecho de propiedad sobre un inmueble por David Cavero


¿HASTA DONDE SE EXTIENDE EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE UN INMUEBLE?



nuevo-post-2018
Abordar el tema de la extensión del derecho de propiedad inmobiliaria, es remontarse a sus orígenes. La propiedad romana originariamente estaba reflejada en un concepto de tradicional verticalidad, es decir el dueño del suelo era a su vez dueño ilimitado del sobresuelo y subsuelo, así lo encontramos en el antiguo adagio “usque ad coelum et usque ad inferos”, traducido literalmente en la frase “Desde el cielo hasta el Infierno”. Se entiende así, dentro de la denominada teoría romanista, la existencia de un dominio ilimitado de los aires y del subsuelo. 
Dicha concepción de la propiedad fue evolucionando, surgiendo un contenido social del dominio, por la cual sin desconocer la propiedad, se limita y se le hace coherente con el interés de la comunidad sobre la base de su sentido social.
El Capítulo Tercero de la Sección Tercera del Libro de Derechos Reales de nuestro Código Civil, desarrolla en siete capítulos un conjunto de disposiciones relacionadas con la propiedad predial. Etimológicamente la voz predio tiene su origen en el vocablo latino praedium, que significa finca o fundo y que proviene de praespraedis, “fiador”, puesto que el predio, la tierra o la casa era la finca que se daba en dote, como si fuese la fianza del casamiento, así lo describe la Enciclopedia Jurídica Omeba-Tomo XXII.
¿Qué es un predio?
El predio es la unidad física, materialmente definida, conformada por un ámbito de extensión territorial, con edificación o sin ella, también se alude con dicho término a las edificaciones en altura o porciones de subsuelo que conforman unidades independientes.
¿Cuántas clases de predios existen?
Los predios pueden ser de las siguientes clases:
  1. Urbanos, son aquellos predios que han sido habilitados dotándolos de los servicios necesarios, como consecuencia de haberse culminado el proceso de habilitación urbana correspondiente con la obtención de la recepción de obras respectiva.
  2. Rurales, reciben esta denominación las porciones de tierra ubicadas en área rural o en área de expansión declarada zona intangible, dedicada al uso agrícola, pecuario Se considera también así a los terrenos eriazos calificados para fines agrícolas.
  3. Eriazos, están constituidos por las tierras no cultivadas por falta o exceso de agua y demás terrenos improductivos, excepto las lomas y praderas con pastos naturales dedicados a la ganadería; las tierras de protección, es decir las que no reúnen las condiciones ecológicas mínimas y las que constituyen patrimonio arqueológico de la nación.
  4. Finalmente, los ubicados en áreas de expansión urbana, son aquellos que se ubican en espacios determinados por las municipalidades, para ser destinados a futuras habitaciones, es decir son áreas donde se proyecta el crecimiento urbano de una ciudad.
¿Hasta dónde se extiende la propiedad de un predio?
El artículo 954º del Código Civil señala que la propiedad del predio se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial y hasta donde sea útil al propietario el ejercicio de su derecho.
Asimismo, la propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos, ni otros bienes regidos por leyes especiales.
Alcances de la propiedad predial con respecto al sobresuelo
  1. Aire y espacio aéreo:
El espacio aéreo constituye la prolongación vertical hacia la atmosfera de la porción de suelo o superficie correspondiente de una edificación. Dicho espacio es el ámbito en el cual se halla contenido el aire.
El espacio aéreo se extiende al sobresuelo dentro de los planos verticales del perímetro superficial y hasta donde sea útil al propietario el ejercicio de su derecho; al respecto el titular del suelo puede ejercer su atributo de goce, por el cual, entre otros atributos tiene un derecho a edificar o a sobrepasar la edificación del mismo; en el caso de que ya exista algún tipo de construcción. Sin embargo, éste derecho a edificar se encuentra limitado a los parámetros urbanísticos establecidos por la municipalidad distrital o provincial competente.
  1. Uso del sobresuelo:
Al respecto, encontramos que el propietario de un predio no puede evitar el uso del espacio aéreo por cuanto se reconoce que el Estado ejerce soberanía completa y exclusiva sobre dicho espacio aéreo; dicha soberanía cubre el territorio y mar adyacente, hasta el límite de las 200 (doscientas) millas, de conformidad con la Constitución Política. En ese orden de ideas, se ha regulado la denominada circulación aérea en la actual Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley Nº 27261.
Alcances de la propiedad predial con respecto al subsuelo
Con respecto a los alcances del segundo párrafo del artículo 954º del Código Civil, encontramos que en el mismo se excluye expresamente del derecho de propiedad del titular del suelo, a los recursos naturales, yacimientos y restos arqueológicos y otros bienes que están regidos por leyes especiales.
La actual Constitución Política del Perú, en su artículo 66º, establece que los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento. El segundo párrafo del artículo aludido regula que por ley se fijarán las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares, este se da mediante concesión con la que se otorga a su titular un derecho real.
En consecuencia, el aprovechamiento de los recursos naturales se realiza a través de la actividad empresarial del Estado y de los particulares, mediante el régimen de concesiones; siendo la concesión un inmueble distinto y separado del predio donde se encuentre ubicada.
ELABORADO POR DAVID CAVERO CANCHANYA

martes, 5 de febrero de 2019

Cómo vender tu casa si aún vives en ella

La primera regla es, investigar el mercado inmobiliario teniendo en cuenta lo siguiente:
Precios de casas parecidas a la tuya, distrito y  zona en que se ubica  y, tener en cuenta antigüedad de propiedades de similares características. Por ejemplo, si tu casa tiene dos pisos y 300 metros de terreno y  le hiciste algunas  reparaciones en cocina o baños, osea que, las reparaciones fueron en sólo algunas áreas de la casa, no va a tener el mismo precio que una casa que se conserva exactamente igual desde hace 20 años, o tampoco costará igual que una nueva; aunque estas tengan igual área de terreno y de construcción. Es recomendable llamar a un arquitecto para que estime el costo de las reparaciones si el cliente tuviese que remodelar cocina y baños. Esto último es porque van a querer rebajar el precio y utilizarán este argumento. Si ya tienes el precio de estas remodelaciones así como las de cambio de sistema eléctrico y tuberías, las negociaciones serán a favor tuyo. Esto es en caso de propiedades que se venden para vivir, no para construir.
Si aún vives ahí, debes demostrar al cliente que piensas mudarte ¡YA!, conserva lo mínimo indispensable para seguir ahí. Por ejemplo, no puedes tener habitaciones con cosas de los hijos que ya no viven ahí hace mucho tiempo, no debes tener cosas personales a la vista, muchos adornos,las mascotas no deben estar presentes durante la visita, tampoco los artículos de limpieza a la vista, como trapos , escobas etc.
Todo guardado, ten en cuenta que  los armarios y reposteros serán abiertos para su inspección, deben estar super ordenados. La casa debe estar impecable y se debe poder apreciar el espacio de las habitaciones. Es decir, si tengo una sala amplia, es un punto a favor y un argumento de venta, entonces no debe estar abarrotada de muebles. Si tienes demasiados muebles utiliza la habitación de servicio para apilar algunos ahí.
 Si no deseas invertir en remodelaciones de baños y cocinas, mínimo es que no se vea hongos o humedad en las paredes, goteras y cables expuestos están prohibidos. Toallas, cepillos de dientes y otros artículos de higiene personal no deben estar a la vista.
Si tienes jardín, que se note que el jardinero pasó por ahí por lo menos hace 15 días.

Sí, sí o sí tienes que pintar la casa por dentro, con  un color básico, un blanco champagne agranda los espacios.
Las alfombras deben estar limpias, si son necesarias para cubrir un piso maltratado, que se vean como nuevas, si limpias se ven muy gastadas es mejor quitarlas.Encerar bien el piso, que brille.
Perfume natural con flores, o ambientadores, si la muestras de noche, con mucha iluminación. Las personas a veces prefieren la visita de noche, para constatar la seguridad en el barrio.

En fin la persona que va a visitar una casa para comprarla no está interesada en tu gusto en decoración, ni en tus fotos familiares, ni siquiera en  imaginarse cómo es tu vida día a día. Esa persona desea ver cómo será SU casa, le preocupa la distribución, el área de cada habitación, número de baños, tamaño de la cocina, estado de los muebles empotrados, ubicación de la casa, vecinos con los que van a convivir. El comprador tiene que poder imaginarse viviendo ahí, cuando empieza  a organizar la casa en la visita, y cómo se va a distribuir la familia en ella, ya es un paso gigante hacia la venta.

Otro consejo , lo que pone los pelos de punta a un vendedor de casas, es la pregunta del cliente al dueño: ¿Porqué vendes tu casa? Por favor no des motivos que provoquen la huída o la ambición del cliente.¿ Cómo qué? Que el barrio no es tan seguro como antes, que quieres algo más fácil de mantener, que los vecinos son muy antipáticos, que con la venta vas a invertir en dos departamentos  uno para vivir y otro para alquilar, nada que despierte la codicia o nada que despierte ese sentimiento que te están dejando algo que no les sirve, como que está bien para tí pero no para mí, ¿Correcto?
Lo correcto es me encanta esta casa pero mis hijos se fueron y necesito algo solo para dos, o si eres joven , esta casa hermosa y el barrio también pero ya no puedo permitirme este lujo, es decir algo que le haga sentir al comprador poderoso. Siempre es mejor que el propietario no intervenga, si tiene un agente a cargo de a venta. Bueno hay muchos tips y consejos más, pero estos se adaptan a cada propiedad y a cada cliente. Esto es algo general. Espero que les sirva.






martes, 29 de enero de 2019

Alquilada Oficina Administrativa San Borja 210m2

Alquiler oficina primer piso, para fines de oficina administrativa,  7 ambientes de oficina, 3 de ellas privadas, jardin interior, patio ,kitchenet, 2 ingresos ,3 baños, pisos cubiertos con tapizón tipo alfombra, aire acondicionado incluído, excelente estado, lista para ocupar. Muy independiente. Muy buena ubicación. Cerca de Av. Aviación y Av. San Borja Sur.
Precio US$1,500.00 Condiciones 2 meses de garantía y 2 meses de adelanto.Contrato anual.





DISEÑO PARA SEGUNDO ESTADIO MUNDIAL QATAR 2022



Se encuentra ubicado en la ciudad de Al Khor, el estadio denominado Al Bayt, sin traducción al español, estará rodeado de un nuevo distritodel mismo nombre , con fines de recepción deporte y comercio para los visitantes. Mayores informes en el link debajo de la foto


https://www.archdaily.pe/pe/623373/presentan-diseno-de-segundo-estadio-para-mundial-qatar-2022/53b4297bc07a808483000003

jueves, 17 de enero de 2019

ALQUILER OFICINA SAN BORJA 180M2

Oficina 180m2 con 4 ambientes.  Av. Aviación San Borja US 1,800. Quinto piso, cerca a bancos, Sunarp, Notaría. Excelente ubicación, entre Angamos y San Borja Sur 948846185













sábado, 12 de enero de 2019

Muebles funcionales

Encontré este mueble en mercado libre de Argentina, ¿es una antigüedad?, o es estilo Luis XVI, ¿se pensaba en esa época en los muebles funcionales?. Hoy muchas personas trabajan en casa, es super práctico si no tienes un espacio solo para ti , Los archivos en la superficie inferior, la mesa de trabajo en la intermedia, y puedes comer en la superior, sin necesidad OJO de guardar todos tus documentos a mitad de trabajo. Se que existen muebles así, o parecidos, pero me encanta encontrar algo funcional con el estilo de esa  época.





miércoles, 9 de enero de 2019

ALQUILADA LOCAL HIGUERETA 60M2 948846185

Oficina un ambiente, segundo piso interior, puede ser oficina o local comercial. Segundo piso interior. Un ambiente con baño.
Zonificación Licencia para todo menos educación.
Precio US$800.00. Condiciones 2 de garantía  más 1 de adelanto. Contrato por un año.